Cannabis en Latinoamérica

08 Marzo 2020, 21:00 - por Cata Olmedo

Son aproximadamente 264 millones las personas que consumen cannabis en todo el mundo.

Aproximadamente, hay alrededor de 264 millones las personas que consumen cannabis en el mundo.(incluyendo todos sus derivados), esto es el 3,75% de la población mundial. Pero no en todos los países está permitido y la legislación al respecto varía dependiendo cada Estado. Su uso para fines médicos está permitido en numerosos países, a diferencia del uso recreativo.


Legislación del uso de cannabis país por país

Uruguay: pionero en la región y en el mundo, es el primer país que legalizó el consumo recreativo en el mundo, aprobando en 2013 una ley integral que abarca todo el proceso de producción, desde la siembra hasta la venta. En 2017 se puso en marcha la reglamentación, en donde se establece que está permitido el autocultivo, la creación de clubes de cultivadores y también el acceso al cannabis a través de farmacias (en este caso se requiere ser un consumidor registrado y ser mayor de 18 años). El expendio de cannabis para uso recreativo no podrá superar los 40 gramos mensuales por usuario.

En el caso del uso medicinal, hay farmacias que se encargan de vender productos elaborados a base de cannabis, aunque no son muchas las que ofrecen este servicio a lo largo del país. Para acceder a dichos medicamentos es necesario poseer receta médica.

La ley 19.172 de dicho país dispone el control y regulación del Estado de la importación, producción, adquisición, almacenamiento, comercialización y distribución del cannabis y sus derivados. La misma enfatiza en la importancia de proteger la salud pública de la población mediante la información y educación al respecto y, al mismo tiempo, busca resguardar a sus ciudadanos de los riesgos que conlleva el contacto con el mercado ilegal y el narcotráfico.

Argentina: en 2017 se aprobó la ley que regula la investigación científica y medicinal del cannabis, pero sólo focalizada a la enfermedad denominada epilepsia refractaria. Actualmente existe un único  centro en todo el país destinado a cultivar e investigar el uso medicinal para dicha afección, y se encuentra en la provincia de Jujuy. Además de depender de recursos provinciales y estatales, reciben sustento económico de una empresa privada de Estados Unidos para llevar a cabo sus tareas. 

En 2009,  a través de un fallo de la Corte Suprema Justicia de la Nación, se declaró inconstitucional el segundo párrafo del artículo 14 de la Ley 23.373 que establecía la penalización por tenencia de estupefacientes para consumo personal. Así queda permitido el uso de cannabis en el ámbito privado y la posesión debe ser en pequeñas cantidades. 

Todavía no está regulado ni permitido el autocultivo. Tampoco se tienen en cuenta otras enfermedades que pueden ser tratadas con cannabis medicinal. Al mismo tiempo, la ley que prevé la investigación científica y medicinal para los pacientes con epilepsia refractaria es incompleta al no garantizar el acceso a la medicina cannábica de manera rápida y segura a quienes la necesitan. 

Lo más llamativo del caso Argentina es que se permite consumir cannabis pero no comprarla, ni venderla, ni poseer una producción propia. Con esto, se logra el efecto contrario a lo que se supone necesario: se refuerza el mercado ilegal y el narcotráfico y se da lugar al consumo de marihuana o aceite cannábico con procedencia y composición desconocida.

Chile: según encuestas realizadas en el año 2017, es el país con más consumidores de cannabis per cápita de Latinoamérica. Está permitido el consumo personal en el ámbito privado, así como el autocultivo de hasta seis plantas para uso recreativo o medicinal. Además, existen medicamentos a base de cannabinoides que son vendidos en farmacias locales si se cuenta con una receta médica. También el Estado autorizó a diversas empresas, municipios y fundaciones a producir cannabis para suministro de pacientes con cáncer. 

Bolivia, Cuba, Guatemala, Honduras, Nicaragua, El Salvador, República Dominicana y Venezuela: el consumo de cannabis es ilegal en todos sus casos, así como lo es su posesión, comercialización y producción. 

Brasil: en 2015 aprobó el uso de productos medicinales a base de cannabis y en 2017 se registró el primer medicamento que sirve para tratar la rigidez excesiva de los músculos en pacientes con esclerosis múltiple. La ley contempla dos tipos de productos: el primero con una concentración mayor de 0,2% de THC (que sólo será para suministro de pacientes en situación terminal o que no posean otras alternativas médicas) y el segundo con una concentración de menos de 0,2% de THC. El cultivo de la planta no está permitido por lo que los fabricantes deben importar los extractos utilizados para realizar los productos. 

Perú: promulgó una normativa que regula el uso de cannabis y de sus derivados para la investigación científica y médica con el fin de aliviar síntomas de enfermedades como el cáncer, la epilepsia y el Parkinson.

Colombia: la posesión de cannabis para uso personal se encuentra legalizada (hasta 20 grs) y también está permitido el autocultivo de hasta 20 plantas. En el año 2015, fue legalizado el uso medicinal y científico.

Paraguay: es el mayor productor de cannabis ilegal de Sudamérica. Está permitida la producción y uso de cannabis para la investigación científica y médica. Hasta el año 2019 El Estado paraguayo se dispuso a otorgar cinco licencias a empresas para que se encarguen de la producción,  industrialización y comercialización controlada de aceite de cannabis dentro del país. Hasta el momento, solo existe un laboratorio privado autorizado a elaborar localmente el producto y venderlo.

Ecuador: en 2019 se modificó el Código Penal eliminando la sanción a la posesión de fármacos que contengan el principio activo del cannabis y se quitó al cáñamo de la lista de plantaciones prohibidas (siempre que se trate de cannabis no psicoactivo). La posesión y el consumo estará permitida sólo para aquellas personas que puedan demostrar que poseen una enfermedad a través de un diagnóstico profesional y que necesitan de su uso como tratamiento.   

México: la posesión y consumo personal están permitidos y despenalizados (hasta 5 grs por persona). En 2017 se aprobó el uso medicinal y científico del cannabis, pero no se llevó a cabo la regulación necesaria de esa ley. Es por esto que a principios del año 2020 se creó el Consejo Mexicano de Cannabis y Cáñamo, organismo que tiene como fin incentivar el uso medicinal del cannabis, además de ayudar en la promoción de un marco jurídico para la producción y comercialización de este producto. Está permitido importar productos que contienen cannabinol mediante un permiso otorgado por autoridades regulatorias sanitarias a pacientes que lo necesitan, sin necesidad de intermediación judicial.

Jamaica: gracias al legado de Bob Marley y la cultura rastafari, existe una creencia popular de que en este país el cannabis está permitido y que su consumo es habitual en gran parte de su población. Pero esto no es tan así. El consumo y posesión está despenalizado (menos de 56 grs por persona). En 2015 se autorizó el consumo y cultivo en pequeñas cantidades con fines medicinales, de investigación o religiosos. Esto permite a quienes practican la religión rastafari hacer uso del cannabis como parte de su práctica religiosa. También está permitido el autocultivo de hasta cinco plantas por casa de familia. Además, se prevé la creación de una agencia que se encargará de emitir licencias para cultivar y distribuir cannabis con fines medicinales, religiosos y científicos.


Latinoamérica como referente, aunque todavía falta

Son muchos los países que están avanzando hacia la regulación y el tratamiento de esta temática en el continente. Es importante que la legalización esté acompañada de un marco regulatorio que haga funcionar a la ley, y que no sea una mera intención de cambiar las cosas sin abarcar todo lo que se necesita para hacerlo. La despenalización del consumo, ya sea para fines medicinales o recreativos, es el primer paso necesario para descriminalizar al cannabis. Otro paso necesario es permitir el autocultivo, para alejar a las personas del mercado ilegal y no continuar fomentando el narcotráfico. También es importante que por parte del Estado se promueva la educación e información al respecto, para que cada ciudadano tenga la posibilidad de elegir de manera consciente cómo llevar a cabo su consumo, si es que desean hacerlo. Cada etapa regulatoria debe ser ejecutada por diferentes especialistas formados en la materia que sean capaces de aportar datos fundamentados y de utilidad. Al tratarse de una sustancia con numerosas propiedades beneficiosas para la salud, el foco debe estar en favorecer a la ciudadanía y no a los intereses económicos de diversas empresas privadas, que buscan sacar provecho de las ganancias que este mercado les pueda proveer. Tampoco se puede dar lugar a aquellas industrias que presionan para mantener el status ilegal del cannabis y que consideren que su reglamentación implicaría un perjuicio para sus negocios. 

Hay que dar tiempo a que las investigaciones científicas que comenzaron a realizarse den sus frutos y que los Estados posean la información necesaria que permita por fin dar lugar a un debate más serio al respecto. 


 




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